Descripción
La Secretaría de Educación Pública, por conducto de la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación y de la Dirección General del Bachillerato, con fundamento en los artículos 38 fracciones XV y XXXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 10,11, 12 fracción VIII y 64 de la Ley General de Educación; 26 fracciones I, VII y X, 41 fracción III del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, en los numerales 45, 46, 49 y demás relativos del Título Tercero del Acuerdo Secretarial número 286, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el día 30 de octubre de 2000, por el que se establecen los "procedimientos por medio de los cuales se acreditarán conocimientos que correspondan a un cierto nivel educativo o grado escolar, adquiridos en forma autodidacta, a través de la experiencia laboral o con base en el régimen de certificación referido a la formación para el trabajo".
A partir de 2010, con base en la Reforma Integral de la Educación Media Superior (RIEMS) impulsada por la SEP en 2008, dicho examen evaluará las competencias disciplinares básicas propias del nivel educativo, es decir, aquellas que integran los conocimientos, habilidades y actitudes propias de los campos disciplinares en los que se ha organizado el saber.